Colegio de Profesionales en Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales, Costa Rica
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Acuerdo de constitución del Observatorio de la Libertad de Expresión

Los Presidentes del Colegio de Abogados de Costa Rica, el Colegio de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales, y el Colegio de Periodistas de Costa Rica; el Decano de la Facultad de Derecho y la Directora de la Escuela de Ciencias de la Comunicación Colectiva, ambas de la Universidad de Costa Rica, Considerando:

1. La necesidad de robustecer el ejercicio ciudadano de las libertades constitucionales de pensamiento, expresión y circulación de las ideas;

2. La creciente importancia de las tecnologías de información y comunicación en los procesos democráticos;

3. La conveniencia de promover el pluralismo; y

4. La oportunidad de ampliar la participación institucional de la sociedad civil en todo lo referente a la libertad y la justicia,

Acuerdan:

1. Constituir el Observatorio de las Libertades de Pensamiento, Expresión y Circulación de las Ideas, que se conocerá como Observatorio de la Libertad de Expresión.

2. Establecer estos objetivos del Observatorio:

a) Recoger, sistematizar y divulgar los reclamos e iniciativas de personas físicas y jurídicas, atinentes al ejercicio de estas libertades fundamentales;
b) Proponer soluciones institucionales a las insuficiencias detectadas;
c) Preparar e impulsar legislación positiva que desarrolle los preceptos constitucionales pertinentes;
d) Iniciar acciones que completen, promuevan y fortalezcan la ciudadanía democrática, especialmente la ciudadanía comunicativa y la ciudadanía digital;
e) Promover la formación de las generaciones jóvenes en materia de comunicación, particularmente en la utilización de los medios.
f) Otros afines y concordantes.

3. Instituir estos órganos del Observatorio:

a) Quince Observadores Ciudadanos, que son el órgano supremo, con autonomía normativa y administrativa. Servirán ad honorem el cargo por siete años, reelegibles.
b) La Secretaría Ejecutiva, órgano unipersonal que ejecutará los acuerdos de los Observadores Ciudadanos, y será el enlace con los Delegados Institucionales.
c) La Asamblea de Delegados Institucionales, órgano colegiado que vincula los Observadores Ciudadanos con las instituciones suscribientes y otras que podrán unirse, todas las cuales en justa medida aportarán al sostenimiento del Observatorio.

Cada institución designará dos representantes que fungirán como sus Delegados por periodos de dos años reelegibles.

4. Convocar a los siguientes ciudadanos para integrar el Observatorio:

1 Hilda Chen Apuy
2 Giselle Boza Solano
3 Carmen Naranjo Coto o Alejandrina Mata
4 Alejandra Castro Bonilla
5 Armando Alfaro Paniagua o Salomón Rodríguez
6 Alberto Cañas Escalante
7 Rodrigo Madrigal Nieto (Q.d.D.g)
8 Luis Sáenz Zumbado
9 Joaquín Vargas Gené (Q.d.D.g)
10 Enrique Villalobos Quirós
11 Glenm Gómez Álvarez
12 Iván Salas Leitón
13 Gerardo Fumero Paniagua
14 Armando Vargas Araya
15 Pablo Barahona Krüger

5. Residenciar el Observatorio en el Colegio de Abogados con la concurrencia solidaria de las instituciones constituyentes, las cuales brindarán el apoyo logístico y material requerido.

Firmamos comprometidos y conformes, en San José, el 12 de junio de 2006.

Decano Facultad de Derecho, UCR
Presidente Colegio de Abogados
Presidente Colegio de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales
Presidente Colegio de Periodistas
Directora Escuela de Ciencias de la Comunicación Colectiva, UCR
 

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