![]() |
Colegio de Profesionales en Ciencias
Políticas y Relaciones Internacionales, Costa Rica |
![]() |
|
Los Presidentes del Colegio de Abogados de Costa Rica, el Colegio de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales, y el Colegio de Periodistas de Costa Rica; el Decano de la Facultad de Derecho y la Directora de la Escuela de Ciencias de la Comunicación Colectiva, ambas de la Universidad de Costa Rica, Considerando: 1. La necesidad de robustecer el ejercicio ciudadano de las libertades constitucionales de pensamiento, expresión y circulación de las ideas; 2. La creciente importancia de las tecnologías de información y comunicación en los procesos democráticos; 3. La conveniencia de promover el pluralismo; y 4. La oportunidad de ampliar la participación institucional de la sociedad civil en todo lo referente a la libertad y la justicia, Acuerdan: 1. Constituir el Observatorio de las Libertades de Pensamiento, Expresión y Circulación de las Ideas, que se conocerá como Observatorio de la Libertad de Expresión. 2. Establecer estos objetivos del Observatorio: a) Recoger, sistematizar y divulgar los reclamos e iniciativas de
personas físicas y jurídicas, atinentes al ejercicio de estas libertades
fundamentales; 3. Instituir estos órganos del Observatorio: a) Quince Observadores Ciudadanos, que son el órgano supremo, con
autonomía normativa y administrativa. Servirán ad honorem el cargo por
siete años, reelegibles. Cada institución designará dos representantes que fungirán como sus Delegados por periodos de dos años reelegibles. 4. Convocar a los siguientes ciudadanos para integrar el Observatorio: 1 Hilda Chen Apuy 5. Residenciar el Observatorio en el Colegio de Abogados con la concurrencia solidaria de las instituciones constituyentes, las cuales brindarán el apoyo logístico y material requerido. Firmamos comprometidos y conformes, en San José, el 12 de junio de 2006. Decano Facultad de Derecho, UCR |